Estos días en los que está tan en boga la discusión sobre los ámbitos de decisión, lo que permite o no la Constitución española o quienes deben ser sujetos de votación en el caso de un referendum que afecte a la estructura territorial del estado, no estaría de más echar un vistazo a una “rara avis” constitucional como es la Disposición Transitoria 4ª que en si misma ya es una excepción a lo que predican los sesudos constitucionalistas para el caso catalán y a lo que predicarían con igual entusiasmo en un hipotético caso vasco.
Y digo que es una “rara avis” porque contrariamente a lo que se viene diciendo estos días la Constitución española si contempla un sujeto político que puede alterar la estructura territorial del estado sin que tenga que ser votado por todos los españoles sino simplemente por aquellos a los que afecta de manera directa y, además perfectamente regulado por esa misma constitución, y ese sujeto son en primera instancia los navarros y en segunda todos los vascos.
Así pues, la Transitoria 4ª, además de la polémica que genera cada periodo electoral en Navarra, recurrentemente y desde hace casi 40 años, es la perfecta demostración de que todo el argumentarlo que ha esgrimido este último año el nacionalismo español, conviene llamarlo por su nombre para entender algunas cosas, no vale más que el papel en que está escrito; la Constitución si contempla sujetos políticos distintos a la manida soberanía nacional y si puede articular vías legales para consultas que afecten a la estructura territorial del estado.
Pero el interés que me lleva a escribir este artículo no es tanto su repercusión posible en el caso catalán o en cualquier otra hipotética iniciativa secesionista en España, ahí queda el argumentarlo anterior por si a alguno le hiciese falta, sino su aplicación directa a mi tierra; Navarra, o mejor en el intento recurrente de la hasta hoy fuerza mayoritaria de Navarra, y el de la que la ha sostenido hasta hoy, de su no aplicación.
Una vez más, y esta vez parece que el miedo guarda la viña con más motivos que en ocasiones anteriores, la reforma constitucional para la supresión de la Transitoria 4ª parece que va a convertirse en el “Leitmotiv” de UPN, y aquí no hay divisiones internas, a fin de cuentas nacieron para combatir la Constitución por mucho que ahora se declaren garantes de ella, , y lo que es peor del PSOE que a pesar de haber sido uno de los muñidores del pacto constitucional no tiene complejo alguno en saltárselo a conveniencia como ya quedo demostrado con la reforma express del artículo 135, lo que va a dar origen a alguna situación más que cómica.
Porque yo me pregunto ¿Si alguna vez, en el futuro, los navarros nos volviesemos locos y se diesen las condiciones necesarias para que el Parlamento de Navarra decidiera iniciar el procedimiento para formar parte de la Comunidad Autónoma Vasca y la Transitoria 4ª hubiera sido suprimida, el Rajoy de turno nos impediría votar alegando que eso es algo que no esta contemplado en la Ley o que como afecta a todos los españoles deben ser todos ellos quienes decidan?
Aún y todo yo soy partidario de reformar la Constitución y tocar la Transitoria 4ª pero no para restringir derechos reconocidos sino para ampliarlos. Si la Constitución ahora ya recoge el sujeto ¿Por qué no iba a reconocer también el objeto si además se apoya en algún otro precepto constitucional como son la Adicional 1ª y la Derogatoria? ¿Por qué no reconocer de una vez que los territorios históricos son sujeto de su propio futuro?
Y ese si, ese es el referendum que afectaría a todos los españoles el del modelo de colaboración entre los territorios históricos y España, como corresponde a todos los vascos aprobar el modelo de colaboración CAV/Navarra. No se trata de romper baraja alguna sino de reconocer el derecho de levantarse de la partida.
A estas alturas Navarra ha conseguido el dudoso honor de ser la única comunidad en el mundo que legisla contra su propia lengua, estamos también en el camino de ser la primera que legisla contra su propia libertad…
Ander Muruzabal