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La hoguera de las vanidades

jueves, 31 de enero de 2008 Dejar un comentario Ir a comentarios

Las hogueras de las vanidades eran acontecimientos públicos durante los cuales se quemaban todo tipo de objetos de vanidad (espejos, maquillajes, vestidos refinados, etc) e incluso libros prohibidos como inmorales.

La más famosa de ellas ocurrió el 7 de febrero de 1497 durante el martes de carnaval en Florencia.

De ahí toma el título el libro de Tom Wolfe, que más tarde sería adaptado al cine por Brian de Palma, en la conocida película protagonizada por Tom Hanks, Melanie Griffith y Bruce Willis.

En la historia de Wolfe, un acaudalado yuppie, Sherman McCoy, tiene un romance con una mujer que acaba atropellando a un negro en el Bronx después de equivocarse de salida de la autopista. McCoy carga con la culpa, y lo que parecía ser un caso «rutinario» es espoleado por los medios de comunicación y un reverendo fanático de la causa negra, poniendo a McCoy en la picota.

Se me ocurren algunas similitudes con lo que estos días le está pasando a Tomás Delgado Bartolomé, el conductor del Audi A8 que atropelló al joven Enaitz Iriondo.

Antes de nada quiero dejar clara mi profunda tristeza por la muerte de Enaitz, y me solidarizo con lo mal que lo tienen que estar pasando los padres. Sin duda, sobrevivir a un hijo es lo peor que les puede tocar vivir.

Sin embargo, no seré yo quien se posicione a favor de nadie, porque prefiero autocensurarme para evitar la cólera ciudadana.

En los medios de comunicación no han abundado los detalles sobre el accidente, y en un ejercicio de comunicación sensacionalista, se ha proyectado la idea de «conductor borracho y con gran exceso de velocidad mata a un joven ciclista que iba a un camping, y después pide indemnización a los padres de la víctima».

Aparentemente, todo el show mediático tiene origen en un blog que hace unos meses recoge la noticia de un medio de comunicación local acerca de la demanda que Tomás Delgado Bartolomé interpone contra los padres de Enaitz Iriondo por los daños de su Audi A8. El post de dicho blog asciende a la portada de Meneame.net, y ya entonces recibe múltiples comentarios mayoritariamente en el mismo sentido. La demanda se interpone después de que los padres de Enaitz Iriondo recibieran 33000 euros de la aseguradora de Tomás Delgado, asumiendo parte de culpa de su asegurado, pero sin que Tomás Delgado hubiera recibido cantidad alguna en concepto de daños del vehículo.

Posteriormente, cuando va a llegar la vista judicial por la demanda, el asunto vuelve a portada de Meneame.net, en defensa de la postura de los padres.

Es ahí donde entran en juego los medios de comunicación de masas nacionales, que desde hace algún tiempo han descubierto en Meneame.net una inagotable fuente de noticias (no siempre contrastadas).

El asunto inunda los noticiarios de prensa, radio y televisión. Tomás Delgado es entrevistado en televisión para dar su punto de vista y aclara que esperó hasta el último día de plazo, que él también ha sufrido lo suyo y que la demanda contra los padres es un requisito legal necesario para poder demandar a la aseguradora y obtener la indemnización por daños solicitada.

Las opiniones en Internet bullen contra Tomás Delgado, e incluso en algunos blogs comienzan a aparecer datos personales tales como dos notificaciones de multas a través de boletines oficiales, y hay internautas que desvelan que hay un Tomás Delgado Bartolomé en Álava, buscando en las páginas amarillas. Mucha gente se manifiesta partidaria de emprenderla contra el Audi A8 mediante bates.

El conductor, ante la presión social y mediática, retira la demanda por temor a lo que le pueda pasar, y el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja anuncia que van a volver a revisar el caso, para ver si se puede actuar penalmente contra el conductor, después de que la causa había sido archivada hace tiempo sin que los padres de Enaitz interpusieran recurso. El fiscal aduce que quizás no tuvieron en cuenta en su momento algunos aspectos y que quizás el atestado tiene fallos. Esto lo hace después de una reunión con el Fiscal Especial de Seguridad Vial, que llama al Fiscal de la Rioja alarmado por la dimensión que el caso ha alcanzado en los medios.

Según se puede leer por ahí (que no sé si es exacto o no), parece que los hechos más o menos fueron estos, según el atestado:
-Tomás Delgado iba por la carretera LR-111 a 113 km/h (según la huella de frenada) en un tramo señalizado a 90 km/h. Hay otra peritación realizada a partir de la huella de frenada, que asciende dicha velocidad a 174 km/h. Sin embargo, parece ser que el Audi A8 tenía el ABS desactivado, y no hay constatación de que esta peritación tenga eso en cuenta.
-Enaitz Iriondo se incorporó a la carretera LR-111 para llegar al camping que se encontraba al otro lado de la carretera.
-Era de noche.
-Había una señal de STOP, que se dice que Enaitz no respetó, o pensó que le daba tiempo a pasar.
-Enaitz no llevaba luz, ni llevaba ropa reflectante.
-Enaitz no llevaba casco.
-El control de alcoholemia practicado al conductor 90 minutos después dio 0,15 mg /l en aire espirado, por debajo del límite de 0,25 mg/l.
-Tomás Delgado dice que esa tasa es debida a una bebida que le trajeron mientras esperaba después del accidente (lo cual podemos creer o no).

Los hechos comprobados dieron lugar a no considerar actuaciones penales contra Tomás Delgado en su día, y parece que el revulsivo de la agitación mediática y social tiene origen no en el accidente, sino en el hecho de que Tomás Delgado demande a los padres de Enaitz por los daños de su Audi A8.

Imaginemos que en lugar de un Audi A8 fuera la única furgoneta de reparto de un panadero que va a 113 km/h en un tramo de 90 km /h (¿quién no lo ha hecho alguna vez?) Si va con algo de exceso de velocidad y ha bebido algo, es evidente que le resta reflejos para reaccionar. Si el ciclista no llevaba ningún elemento de protección pasiva (casco, luz, ropa reflectante), también las posibilidades de reaccionar del conductor se reducen ante una incorporación del ciclista a la carretera.

En tal caso, y aun cuando parte de la culpa (y no toda) sea del panadero, ¿no tendrá derecho a luchar por su indemnización por daños de su vehículo?

Mientras escribo todas estas palabras, me tiemblan los dedos ante la posibilidad de que esté dando por supuesto algo que no es así (yo no he tenido acceso directo a ninguna información tal como el atestado), o que esté dando a entender algo que no quiero dar a entender. Sin embargo, me horroriza lo seguros que se han mostrado muchos activos internautas y los medios de comunicación al condenar moralmente a Tomás Delgado.

Me horroriza que haya tanta gente incapaz de diferenciar la responsabilidad penal (si la hay) de la responsabilidad civil. Me horroriza que haya tanta gente que tenga el automatismo mental de «si el coche ha acabado con la vida del ciclista, la culpa era exclusivamente del coche». Me horroriza pensar que no tienen la más mínima duda.

Me horroriza que en este país los fiscales trabajen a golpe de titular de prensa, por alarma social y que nadie le eche en cara al fiscal el trabajo mal hecho anteriormente después de que éste reconozca que pudo haber fallos en las diligencias penales iniciales.

Me horroriza que los ciclistas no estén obligados a contratar una póliza de responsabilidad civil ante accidentes.

Para finalizar, reitero una vez más mi tristeza por la muerte de Enaitz Iriondo, muerte que sus padres nunca superarán. Vivirán con ello, pero nunca lo superarán.

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